Es más que importante apreciar lo
que se ha logrado en el tiempo, y tener en cuenta que se puede retroceder en
etapas cuando las cosas se hacen mal, o simplemente se dejan hacer al arbitrio
de las autoridades de turno. Los poderes fácticos evidentemente también juegan
un papel preponderante en toda esta coyuntura que está viviendo el Paraguay. No
es para menos, la pérdida de vidas humanos, la destrucción parcial de un
edificio Estatal, y las constantes peleas que se ven entre policías y militares
con civiles por las calles de la capital y ciudades del interior del país. Pero
¿Qué es lo que da origen a estas situaciones?
Nuestra tan maltratada y escueta
democracia podría desaparecer por completo si no se toman las vías que
corresponden. Y no solo me refiero a los que están en cargos electorales, sino
también a la gente “común”, que toma por alto todo lo que pasa dando
explicaciones como “no era para tanto, suele morir nomas luego gente en este
tipo de acontecimientos” o “Desde 1989 no se levantó un solo ladrillo en el
país”, tratando de quitar relevancia a la muerte de personas y el atropello al
Estado de Derecho. Este tipo de pensamiento es verdaderamente peligroso.
Mal podría alguien argumentar
crecimiento en infraestructura para justificar atropellos al orden
constitucional. La vía de la enmienda no es la correcta para buscar introducir
a la Constitución Nacional la reelección ¿Por qué?
La Policía Nacional irrumpió en las instalaciones de un Partido Político sin orden judicial y asesinó a un joven militante. Foto: ABC Color. |
No es una condena, solo una comparación con la historia.
No hay porqué tomarlo personal. Muchos
no vivimos la dictadura militar. Eso sí,
leí y leí toda la literatura que pude haber leído sobre el tema, y siempre me
quedó la duda de si realmente algunas personas pensaban que la dictadura
militar fue "positiva", y ojo, no tengo tendencias de izquierda,
traté siempre de analizar todas las aristas. Se han visto en las redes sociales
imágenes comparando la foto de un flaco robando una televisión con la de un
viaducto que se inaugura, pero no se han visto fotos de políticos robando al
pueblo, mintiendo de manera descarada, como si una obra de infraestructura
justificara todo lo que está ocurriendo. No es una cuestión personal con nadie,
simplemente una comparación de lo que está pasando en nuestro país con lo que
alguna vez pasó, en épocas pasadas, oscuras y tristes. Ojalá muy pronto se
pueda retomar la tranquilidad y que toda esta situación quede en lo anecdótico,
como un capítulo cerrado para aprender.
Opinar desde la política, hacer
perder totalmente el camino a la "búsqueda de la verdad", y se pasa a
buscar de la manera lo más "viva" posible los aspectos de la verdad
que le convengan al partido, al movimiento, o al "lider guasu" en
este caso. La Democracia no se puede analizar de manera tan vacía. No se agota
en el hecho ir votar, y tener la mayoría. La democracia es un sistema de
convivencia que va mucho más allá de eso. Tener la mayoría no da la razón, y
las reglas de juego para la democracia están dadas. Se deben respetar. En todo
caso volvamos a la democracia directa griega y votemos absolutamente cada
palabra del sistema legal.
La cuestión de fondo lógico-constitucional.
Paso a transcribir el artículo
290 de la Constitución "No se utilizará el procedimiento indicado de
la enmienda, sino el de la reforma, para aquellas disposiciones que afecten el
modo de elección, la composición, la duración de mandatos a los atribuciones de
cualquiera de los poderes del Estado, o las disposiciones de los Capítulos I,
II, III y IV del Título II, de la Parte I". Del artículo
citado, se desprenden tres elementos que nos podrían llegar a interesar:
"modo de elección - la composición - la duración de mandato".
Lo que nos interesa en este caso es el
elemento lógico "duración del
mandato". Debemos tener en cuenta que la constitución es un
cuerpo LEGAL y LÓGICO, y no hay orfandad en cuanto a esa expresión del artículo
290, porque está regulada taxativamente en otro artículo, el 229. Transcribamos
el artículo 229: De la duración del mandato: "El Presidente de la
República y el Vicepresidente durarán cinco años improrrogables en el ejercicio
de sus funciones, a contar desde el quince de agosto siguiente a las
elecciones. No podrán ser reelectos en ningún caso”. En suma tenemos
que, hablar de reelección por la vía de la enmienda, es modificar el artículo
de "duración del mandato", y eso, está expresamente prohibido por la vía
de la enmienda. El camino (si tanto se quiere la reelección, es la reforma.
La conducta en un tipo penal.
El artículo 273 del Código Penal
Paraguayo establece cuanto sigue:
“Atentado contra el orden constitucional: 1º El que intentara lograr o
lograra cambios del orden constitucional fuera de los procedimientos previstos
en la Constitución, será castigado con pena privativa de libertad de hasta
cinco años. 2º Se entenderá como orden constitucional la configuración de la República
del Paraguay como Estado, conforme lo disponen los artículos 1 al 3 de la
Constitución.”
Iván Rojas Vega
Iván Rojas Vega